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Ventana Global 62 Aumenta el uso de medidas de salvaguardia (publicado el 8/6/01 por Prensa Libre, Guatemala) El tema interesa a Guatemala, por la salvaguardia chilena a el azúcar y otros, donde el descontento de los países proveedores en las negociaciones con Chile va camino a un panel en la OMC. La salvaguardia permite a los países restringir el acceso de un producto cuando se comprueba que el incremento de su importación es causa de "daño grave" a la producción local. Se admitió como remplazo de unos 200 acuerdos existentes sobre Restricción "Voluntaria" de Exportación (VERs). Es una medida de "protección contingente". Hasta 1999 sólo se habían notificado 24, pero en la última reunión del Comité de Salvaguardias de la OMC, el 30 de abril, se revisaron 21 nuevas notificaciones por aplicación de salvaguardias. Ahora hay 74. Más interesante aún, la mayoría de las últimas notificaciones proviene de países en desarrollo. Hay cuatro de Chile y dos de El Salvador.
Características La medida se parece al anti-Dumping, pero con diferencias en tiempo, modo de aplicación y consecuencias. La duración, incluyendo renovaciones, no puede exceder 10 años en países en desarrollo ( 8 los desarrollados), mientras que el anti-Dumping puede renovarse mientras subsista la situación. Se aplica de inmediato, al producto en general y sin diferenciar países de origen; la investigación puede hacerse luego. El anti-Dumping esta dirigido a un producto de una empresa específica y requiere una compleja investigación previa. Los socios afectados por la salvaguardia tienen derecho a compensación comercial y a una retaliación, si no hay acuerdo. El anti-Dumping es contra una competencia desleal que se neutraliza con un justiciero arancel adicional. Desarrollo creciente La medida de "protección contingente" favorita ha sido el anti-Dumping. Desde la fundación de la OMC (1995) hasta ahora se han reportado 1550 casos de Anti-Dumping, con un promedio anual de 310 casos. Principalmente de países desarrollados. Sobre las salvaguardias aclaremos que están divididas en dos categorías. Hay la salvaguardia corriente que es objeto del acuerdo respectivo. Existen salvaguardias especiales que se aplican a las áreas nuevas del GATT de 1994: textiles y agricultura. Los 74 casos que reporta el Comité se refieren a las medidas que son objeto del acuerdo. En las especiales, tan sólo en textiles hubo 25 medidas tomadas por los EE UU hasta 1998, pero desde esa fecha hay 19 más, aplicadas principalmente por países latinoamericanos. La preferencia en los países en desarrollo por la salvaguardia parece ser por lo fácil de aplicar y la menor complicación técnica en documentarla. Pero defenderlas ante un panel en la OMC parece difícil: los cuatro fallos hasta ahora emitidos han sido adversos a la aplicación.
Acciones de Salvaguardia (abril 2000 a abril 2001)
Umberto Mazzei |