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Ventana Global 87

La "Vía Rápida" en las negociaciones comerciales norteamericanas

(publicado el 7/12/01 por Prensa Libre, Guatemala)

Ayer jueves se aprobó en el Congreso de EE UU el otorgamiento al Gobierno Bush de la "Autoridad para Promover el Comercio", como ahora se llama la "Vía Rápida" (Fast Track). Al momento en que escribo las limitaciones el uso no se conocen aún, pero igual comentaremos esa medida.

La dificultad para aprobarla refleja la ambivalencia del mundo político norteamericano hacia el comercio.

Los defensores la creen necesaria para tener credibilidad al negociar una apertura de mercados que beneficie a los exportadores e inversionistas.

Los opositores la creen un instrumento que permite erosionar los derechos laborales, el ambiente y la autarquía .

Ese dilema refleja una división profunda de las fuerzas políticas y de la opinión pública norteamericanas sobre el comercio.

En realidad se trata de que el congreso acepte o rechace en bloque los acuerdos comerciales negociados. El objetivo es evitar una re-negociación interminable.

La otra opción es un seguimiento permanente de la negociación por el Congreso, pero los parlamentarios no suelen ser especialistas, rara vez coinciden los intereses que los apoyan y las consultas retrasan las negociaciones.

Los socios en la negociación temen que sin "Vía Rápida" las negociaciones, que son un "toma y dame" reciproco y supuestamente equilibrado, terminen siendo estériles por el rechazo de algunas concesiones en el congreso.

Origen histórico

Los aranceles eran una función legislativa hasta que el proteccionismo paralizó el comercio internacional. Entonces la Ley de Comercio de 1934 otorgó aprobación previa al Presidente para rebajar aranceles en acuerdos de reciprocidad.

La autorización fue renovada para la Ronda Kennedy del GATT con la Ley de Comercio de 1962, que exigía la presencia de 4 miembros del Congreso en el equipo negociador. Allí surgió una polémica por incluir los temas de Anti-dumping y Valoración Aduanera, que no eran arancelarios.

 

Por ello la Ley de Comercio de 1974, para la Ronda Tokyo, estipuló que los acuerdos no arancelarios debían consultarse previamente con el Congreso. En cambio, para dar credibilidad a la negociación, se garantizaba una aprobación o desaprobación rápida ("Via Rápida").

 

Mecanismos

El presidente debe negociar previamente los objetivos de la negociación con el Congreso, mantenerlo informado y enviar el texto del proyecto de acuerdo y de la ley para implementarlo.

El Congreso lo envía a las comisiones del caso y estos deben emitir opinión antes de 45 días. Se debate antes de 15 días después del informe de las comisiones y dura 20 horas máximo en cada cámara.

La autorización para "Vía Rápida" tiene una duración de 5 años y puede ser retirada si el gobierno viola los procedimientos.

Umberto Mazzei

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