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Ventana Global 8 Trato NAFTA para Guatemala en textiles (publicado el 12/5/00 por Prensa Libre, Guatemala) La extensión parcial de los beneficios de NAFTA a los textiles provenientes de la Cuenca del Caribe es una buena noticia. Para profundizar recomiendo leer la tesis de grado de Priscila Gordillo, de la Universidad Marroquín. Allí se analiza la desventaja para las exportaciones textiles de Guatemala bajo trato CBI y el trato NAFTA otorgado a la competencia mexicana. La decisión es un paso hacia la paridad con México. Limitado a una cuota de 250millones de m2 entre 24 países y extendido sólo a los tejidos de punto, que son los de menor valor agregado. Aún así se habla de 50 mil empleos para Guatemala. Hacia el próximo paso Como toda concesión unilateral, el asunto esta ligado a alguna ventaja para el país que la otorga. Para una estrategia de presión negociadora es indispensable conocer cuales son los intereses predominantes del interlocutor. Estos están bien definidos en las reglas de origen preferenciales de los acuerdos que han suscrito. Las de NAFTA indican los puntos menos sensibles, donde hay oportunidad de obtener ulteriores concesiones de los EE UU. . Estas reglas son las que definen la nacionalidad a un producto dentro de un acuerdo. Existen para evitar la concesión a terceros del trato preferencial reservado a los socios. Su efecto real es desviar el comercio favoreciendo la utilización de insumos de los países respectivos. En NAFTA estos están claramente indicados mediante la técnica llamada del "salto arancelario". Veamos lo aceptado en NAFTA por EE UU. Lo que se abrió a la Cuenca del Caribe son los capítulos 60, 61 y 62 de NAFTA, telas y vestuario, en cuanto a tejidos de punto. La regla exige que el vestuario se produzca partiendo de hilaza si son de lana y de fibra si son de algodón o sintéticos. Para telas de punto se parte de la hilaza y de la fibra para las sintéticas. En vestuario quedan algunas concesiones que no exigen hilaza o fibra. Para ropa blanca se permite la tela importada, si es de punto. Los artículos de seda también pueden usar tela importada. Hay otras excepciones cuando la prenda es cortada y cosida en NAFTA y la cobertura externa es de telas importadas específicamente mencionadas, como terciopelo o pana. Las telas cambian de acuerdo a los productos listados, como chaquetas, pantalones, pijamas, etc. En materia de telas planas. Las de algodón deben ser con fibra regional. Las de pelo animal y seda se puede partir de hilaza importada. Las de lino o yute pueden ser elaboradas con fibra importada. Para alfombras de yute se permite la importación del tejido. La amenaza futura La eliminación del Acuerdo Multifibras para 2005 debería abrir el mercado norteamericano. Entonces estará presente la competencia asiática sin restricción de cuotas. Habrá que ir escogiendo los nichos desde ahora. Umberto Mazzei |